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Confirman la baja voluntaria de una trabajadora que comunicó su dimisión en el grupo de WhatsApp de los trabajadores

baja voluntaria

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado que una trabajadora que prestaba servicios como jefa de cocina causó baja voluntaria, dimitió, cuando envió un mensaje al grupo de whatsapp de los trabajadores de la empresa comunicando que se iba a marchar tras quince días de preaviso y que había sido un placer trabajar con ellos. Posteriormente borró el mensaje. Esa misma noche entregó las llaves, se marchó y pidió a un compañero que recogiera sus efectos personales. Al día siguiente la trabajadora inicia baja por incapacidad temporal por enfermedad común.

El 11 de febrero la empresa remite a la trabajadora por correo electrónico remitiendo carta de renuncia, documento de liquidación y nómina. La trabajadora responde al mensaje manifestando que no ha renunciado en ningún momento y que se encuentra de baja por enfermedad. La empresa la responde con otro mensaje en el que afirma que la baja voluntaria es valida y que «todo el equipo ha sido testigo de tu renuncia. No hace falta que te lo recordemos».

La trabajadora presentó demanda por despido. Dicha demanda fue desestimada al entender el juzgado de instancia que no existió el despido recurriendo entonces la trabajadora en suplicación.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia afirma lo siguiente:

  • «El artículo 49.1. d) del Estatuto de los Trabajadores, que denuncia como infringido menciona la dimisión del trabajador como causa de extinción del contrato de trabajo, siendo reiterada la distinción entre la dimisión del trabajador y el abandono del puesto de trabajo; ambas figuras tiene en común que supone la extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador siendo necesario que dicha voluntad exista y que sea clara, concreta, consciente, firme y terminante, reveladora del propósito del trabajador.»
  • «De lo actuado resulta que la actora libremente comunicó a sus compañeros a través del mensaje al grupo de WhatsApp que compartían todos los trabajadores su intención de abandonar el trabajo en diciembre de 2023, estableciendo en dicha comunicación su agradecimiento por el tiempo que habían trabajado juntos, así resulta de la documental aportada y de la testifical practicada en el acto del juicio y si bien es cierto que luego fue borrado, ello por si solo no desvirtúa su intención de abandonar el puesto de trabajo extremo que corrobora el testigo en el que ese mismo día por la noche se cambió de ropa, entregó las llaves y se marchó pidiéndole que le llevara sus efectos personales.»
  • «El hecho de que al día siguiente cause baja por IT, no justifica los hechos pues ni desvirtúa la idea de dejar el puesto de trabajo, no constando que a raíz de ahí se pusiese en contacto con otros compañeros o con la empresa para comentar lo ocurrido y en su caso mostrar su arrepentimiento y el deseo de continuar en supuesto de trabajo, por lo que reiteramos se fue del puesto de forma voluntaria diciendo que no volvería, sin que rectificase su actitud en ningún momento cara a sus compañeros y sobre todo la empleadora hasta que la empresa en fecha 1 1 de diciembre de 2023 remite correo electrónico a la actora acompañando carta de denuncia liquidación y nómina y le contesta que no ha presentado en ningún momento la renuncia y que está de baja por IT».

 

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