Una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 20 que estimo la improcedencia del despido de un trabajador de DIA RETAIL ESPAÑA, SAU que había cogido supuestamente una bandeja del mostrador de la carnicería del supermercado.
Según los hechos probados de la sentencia el trabajador cogió una bandeja con carne y la lleva a una zona interna. Más tarde deja allí un paquete (distinto a la bandeja). Al final del turno recogío el paquete y se va sin pasar por caja. Las cámaras del supermercado lo grabaron cogiendo un paquete y saliendo sin pasar por caja.
El trabajador está obligado a enseñar la bolsa que porta cuando sale del supermercado a su responsable, algo que no hizo.
Según la sentencia del Juzgado de lo Social ratificada por el TSJM, si no se sabe qué se llevó, no hay causa de despido
¿Qué ocurrió realmente?
El trabajador coge una bandeja de carne y la lleva a una zona interna. Más tarde deja allí un paquete (distinto a la bandeja). Al final del turno recoge el paquete y se va sin pasar por caja.
El despido es declarado improcedente por:
- “No se puede dar por probado que haya procedido a la sustracción de una bandeja de carne”.
- “La empresa no aporta inventario, arqueo de caja ni datos que permitan acreditar la falta imputada”.
- “Aun si incumplió la norma interna de enseñar sus bolsas al salir, eso no es falta lo suficientemente grave para justificar el despido”.
- «En la carta de despido no se le dice a Daniel que haya consumido alimentos en horario de trabajo; o que lo haya hecho en su tiempo de descanso sin adquirirlos en ese mismo momento sin guardarse el ticket de venta; ni que haya procedido a recuperar del contenedor de la basura productos grabados como devoluciones o que haya realizado compras dentro de la de la jornada laboral ni que se haya reservar productos para su posterior adquisición. Como mucho podría haber incumplido la obligación de «enseñar los bolsos y bolsas que lleve consigo a la persona responsable»dado que salió del establecimiento sin pasar porlas líneas de caja, que no puede constituir un incumplimiento laboral tan grave como para justificar el despido.»