El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que amplía los derechos de los padres que se encuentran en la difícil situación de cuidar a un hijo gravemente enfermo. La decisión establece que una madre tiene derecho a estar amparada por el cuidado de un menor gravemente enfermo, incluso si inicialmente no cumple todos los requisitos formales.
La demanda en cuestión se presentó después de que el sistema de Seguridad Social se negara a otorgar beneficios a una madre empleada por cuenta ajena. La disputa surgió porque el menor recibió tratamiento de forma ambulatoria, es decir, en un centro de salud y no en un centro hospitalario, lo que, a juicio de la Administración de la Seguridad Social, no equivalía a hospitalización y por tanto al derecho a recibir una prestación por cuidado de un menor enfermos.
Sin embargo, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictaminó que en casos como este, el tratamiento ambulatorio en un centro de salud equivale a la hospitalización y, por tanto, también incluye servicios para el cuidado de un hijo gravemente enfermo. En su sentencia, el tribunal destacó que el objetivo de esta prestación es garantizar el bienestar de los niños gravemente enfermos y aliviar la carga financiera de sus familias. En opinión de la máxima instancia, una interpretación estricta de la norma es contraria a la finalidad social de la prestación. Según el razonamiento de los magistrados, si un menor está gravemente enfermo y recibe tratamiento en un centro de salud, los padres tienen derecho a recibir prestaciones, por lo que el concepto de hospitalización no puede interpretarse de forma restrictiva.
La decisión del Tribunal Supremo resalta la importancia de considerar los intereses superiores de los menores como guía del derecho de familia y la política social. El caso concluyó que el derecho de un niño a recibir cuidados adecuados por parte de su madre debe tener prioridad sobre los procedimientos administrativos.
Se enfatizó además que el propósito del beneficio es permitir a los padres reducir sus horas de trabajo o dejar de trabajar temporalmente para concentrarse en el cuidado de sus hijos menores. Por tanto, el Tribunal consideró que negar este derecho perjudicaría indebidamente el bienestar de la familia y del niño.