Un trabajador ha sido condenado por falsificar un parte de baja. Tenía más de tres años de antigüedad en su empresa y acudió el 6 de junio de 2017 a su Centro de Atención Primaria, donde fue diagnosticado de gastroenteritis aguda y recibió un parte de baja médica por un día. Ese mismo día remitió el documento a la empresa por correo electrónico.
Al día siguiente, decidió no acudir al trabajo y, para justificar la ausencia, modificó el parte médico original, elaborando un nuevo documento fechado el 7 de junio en el que simulaba una baja y un alta falsas. Posteriormente, al detectar errores, confeccionó un segundo parte en el que indicó que existía “recaída”, ampliando así la baja hasta el 7 de junio.
Como consecuencia de ello, la empresa le abonó 37,66 euros en concepto de los dos días de ausencia laboral.
De la condena a la absolución
El Juzgado de lo Penal nº 3 de Granollers lo condenó por un delito de falsedad en documento oficial y un delito leve de estafa, imponiéndole seis meses de prisión y seis meses de multa.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Barcelona revocó la sentencia y absolvió al acusado, argumentando que el parte médico remitido por correo era una copia escaneada, y que no podía determinarse si la manipulación afectaba al documento original o solo a una fotocopia. En beneficio del acusado, debía considerarse una falsedad en documento privado y no en documento oficial.
El Supremo corrige y confirma la falsedad
El Ministerio Fiscal recurrió la absolución ante el Tribunal Supremo, sosteniendo que el documento, aunque transmitido por vía telemática, tenía apariencia y finalidad de documento oficial, pues su destino era incorporarse a un expediente de la Seguridad Social.
El Alto Tribunal estimó el recurso y dictó sentencia condenatoria (STS 4219/2025), destacando que cuando un documento se fabrica con la intención de pasar por auténtico y de producir efectos en la Administración o en la Seguridad Social, se trata de un documento oficial falsificado.
Seis meses de prisión y multa
En consecuencia, el Tribunal Supremo condenó al trabajador a seis meses de prisión y seis meses de multa, confirmando que falsear un parte médico para justificar ausencias laborales constituye un delito de falsedad en documento oficial.
La sentencia recuerda que la autenticidad de los documentos médicos y laborales es esencial para la confianza en los procedimientos administrativos y empresariales, y que su manipulación puede tener consecuencias penales graves. Es mejor no falsificar un parte de baja.


