El TSJ de Cataluña reconoce salarios de tramitación a un trabajador extranjero sin papeles despedido de forma improcedente

18 de mayo de 2026

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una relevante sentencia en materia laboral y de extranjería al reconocer el derecho a salarios de tramitación a un trabajador extranjero sin papeles y en situación irregular despedido de forma improcedente. La resolución subraya que la falta de autorización de residencia y trabajo no elimina los derechos laborales básicos derivados de una relación laboral existente.

El caso afecta a un trabajador que prestó servicios como comercial desde el 25 de enero de 2023 sin autorización administrativa para trabajar en España. El 4 de mayo de 2023 fue despedido verbalmente por la empresa.

En primera instancia, el juzgado declaró improcedente el despido, pero acordó extinguir la relación laboral con efectos desde la fecha del cese, limitando la indemnización al tiempo efectivamente trabajado hasta el despido. El trabajador recurrió la resolución.

La readmisión era imposible, pero no desaparecen los derechos laborales

La cuestión jurídica central no era si el trabajador tenía o no derechos laborales. El artículo 36.5 de la Ley de Extranjería reconoce expresamente que la carencia de autorización para trabajar no invalida el contrato respecto de los derechos del trabajador.

El debate estaba en determinar cuándo debía producir efectos la extinción de la relación laboral si la readmisión resultaba legalmente imposible.

El TSJ de Cataluña recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los artículos 110.1.b y 286 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Según esa doctrina, cuando el trabajador solicita la extinción indemnizada y la readmisión no puede producirse por una imposibilidad legal, la relación laboral no se extingue en la fecha del despido, sino en la fecha de la sentencia.

La Sala considera que la empresa no podía optar por la readmisión porque ello supondría mantener una situación contraria a la normativa de extranjería. Sin embargo, esa imposibilidad no puede perjudicar al trabajador.

Más de 26.000 euros en salarios de tramitación

Como consecuencia de este criterio, el tribunal fijó la extinción de la relación laboral en la fecha de la sentencia, el 22 de julio de 2024, y no en la fecha del despido.

La resolución reconoce al trabajador:

  • 2.897 euros de indemnización por despido improcedente.
  • 26.104 euros en salarios de tramitación correspondientes al periodo comprendido entre el despido y la sentencia.

El tribunal añade además un argumento de especial relevancia: negar los salarios de tramitación colocaría al trabajador extranjero irregular en una situación todavía más perjudicial, especialmente porque tampoco puede acceder a prestaciones por desempleo. La sentencia destaca que la situación irregular fue creada y mantenida por el propio empleador.

La resolución fue dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el 23 de abril de 2026 (ECLI:ES:TSJCAT:2026:3309).