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Confirman la improcedencia del despido de una trabajadora que dijo «vaya a tomar por culo» durante una llamada telefónica recibida en la empresa

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid que declaró improcedente el despido disciplinario de una trabajadora de la empresa Unísono Soluciones de Negocio S.A., tras haber pronunciado en voz baja una expresión inapropiada, en concreto «vaya a tomar por culo» durante una llamada con una persona no cliente que, además, no llegó a oírla.

Se le cayó una bebida en la mesa

La trabajadora, con más de 15 años de antigüedad en la empresa y afiliada al sindicato TU-SI, fue despedida el 21 de noviembre de 2023 tras una conversación telefónica con la cuñada de un cliente de Iberdrola, empresa para la que Unísono prestaba servicios de atención telefónica. Tras comprobar que no se trataba de la titular del contrato, intentó finalizar la llamada activando el mute, pero cometió un error técnico y, tras derramarse una bebida sobre su mesa, exclamó en voz baja: “vaya a tomar por culo”. La interlocutora no escuchó esta frase, no formuló queja alguna, y la empresa cliente (Iberdrola) tampoco tuvo conocimiento del hecho.

Pese a ello, la empresa comunicó el despido por supuestas faltas de respeto, desobediencia y quebranto de la disciplina. La afectada ya había sido sancionada en 2021, pero dicha sanción estaba cancelada según los plazos del convenio colectivo del sector de contact center, por lo que no podía computarse como reincidencia.

No hubo mala fe al decir la frase «vaya a tomar por culo»

El tribunal concluyó que no existió prueba de desobediencia, ya que no constaban órdenes concretas incumplidas. Además, no se acreditó trato irrespetuoso hacia ningún cliente, puesto que la persona con la que hablaba la trabajadora no lo era, y no llegó a oír la expresión. Por tanto, ni hubo mala fe, ni perjuicio, ni reclamación alguna, lo que rebaja la posible infracción como mucho a una falta leve, que no justifica el despido disciplinario.

Confirmación de la improcedencia

La Sala desestima el recurso de suplicación de la empresa, confirmando la calificación del despido como improcedente. Unísono deberá optar entre readmitir a la trabajadora en su puesto con abono de los salarios dejados de percibir (a razón de 44,86 € diarios), o bien indemnizarla con 25.761,52 €. Además, es condenada en costas, con 700 € en honorarios para la letrada de la trabajadora.

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