despido improcedenre

Como ya hemos manifestado, la persona despedida tiene 20 días hábiles para presentar la llamada papeleta de conciliación y empezar la reclamación judicial contra el despido.

La sentencia judicial puede decretar que el despido se ha realizado de forma procedente, improcedente o resulta nulo.

En el primer caso, el despido procedente, la sentencia refrendará la forma de actuar de la empresa y el trabajador no tendrá derecho a indemnización alguna.

El despido será decretado improcedente cuando el empresario haya prescindido de las causas o requisitos que establece el Estatuto de los Trabajadores y demás normas. El empresario también puede reconocer que el despido es improcedente sin necesidad de que haya sentencia. Lo puede reconocer en la conciliación administrativa, antes del juicio en la llamada conciliación judicial o durante el juicio.

despido improcedente

Los motivos y las consecuencias de que un despido sea decretado judicial o en conciliación improcedente se establecen en los artículo 55 y 56 del Estatuto de los Trabajadores.

El despido será calificado improcedente cuando no quede acreditado el incumplimiento alegado por el empresario en la carta de despido o cuando no sea comunicado por escrito, en la carta no figuren las causas que lo motivan o la fecha en que tendrá efectos o no se cumplan los requisitos que establezca el convenio colectivo de aplicación.

También será declarado el despido improcedente cuando el despido objetivo no esté amparado en las causas legales que establece el Estatuto de los Trabajadores.

Si el empresario reconoce la improcedencia del despido o el empresario la reconoce, el empresario debe readmitir al trabajador en las mismas condiciones establecidas antes del despido abonándole los salarios dejados de percibir desde la extinción contractual (salarios de tramitación) o debe abonar al trabajador una indemnización equivalente a treinta u tres días de trabajo por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos de tiempos inferiores a un año con un máximo de veinticuatro mensualidades. En el caso de optar por la indemnización el despido la relación laboral quedará extinguida.

En caso de que la improcedencia del despido sea declarada por una sentencia judicial la empresa tiene cinco días para optar por la readmisión o por la indemnización. En caso de no hacerlo se entiende que opta por la readmisión.

En caso de que el trabajador sea representante legal de los trabajadores la opción de readmisión o indemnización le corresponde a él.

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